Sebas escribió:Interesante data Sergio, el problema más serio creería que es en Capital, donde si me mandaron una nota por la moto. Inclusive por una Honda CT70 del año 93 que no pienso grabar.
Perdón, quise decir Cesar
Sebas escribió:Interesante data Sergio, el problema más serio creería que es en Capital, donde si me mandaron una nota por la moto. Inclusive por una Honda CT70 del año 93 que no pienso grabar.
|
|
|
|
|
|
dae escribió:(...)Los stickers RPVA que son transparentes tienen del lado interior las huellas dactilares con grasa del empleado que hizo el trabajo.
(...).
|
|
|
NetZ escribió:No se si sirva de algo mi comentario, pero compré hace 3 meses una 110 para ir al trabajo, aclaro que no precisa verificación policial (así como leen, debe ser por el costo frente a un vehículo tan barato, o porque quieren las roben con ganas ), el dueño no estaba al tanto y realizó la verificación policial en la planta de Nuñez. La moto no se encuentra grabada y no presentó ninguna observación.
No se si suerte, casualidad o que en estos vehículos ni se fijan.
Saludos
4) Grabado de dominio en los cristales (Según digesto D.N.R.P.A. Capítulo 9 Sección 3).
5) Grabado de autopartes (Ley 14.497, no aplica para motos y máquinas agrícolas).
|
|
dae escribió:NetZ escribió:No se si sirva de algo mi comentario, pero compré hace 3 meses una 110 para ir al trabajo, aclaro que no precisa verificación policial (así como leen, debe ser por el costo frente a un vehículo tan barato, o porque quieren las roben con ganas ), el dueño no estaba al tanto y realizó la verificación policial en la planta de Nuñez. La moto no se encuentra grabada y no presentó ninguna observación.
No se si suerte, casualidad o que en estos vehículos ni se fijan.
Saludos
Es muy raro lo que contas, siempre fue alcanzado para cualquier bien registrable, osea que si tenes numero de chasis y motor estas al horno. Como obtuviste ese dato?
Mirando los requisitos para verificar en el nueva pagina que ahora gerencia la provincia, aparece esto entre los requisitos, asi que se contradice con lo que dice la pagina de RVPA de la provincia.4) Grabado de dominio en los cristales (Según digesto D.N.R.P.A. Capítulo 9 Sección 3).
5) Grabado de autopartes (Ley 14.497, no aplica para motos y máquinas agrícolas).
|
sergiozx12ninja se suma al post de JuanM46 |
|
NetZ escribió:No se si sirva de algo mi comentario, pero compré hace 3 meses una 110 para ir al trabajo, aclaro que no precisa verificación policial (así como leen, debe ser por el costo frente a un vehículo tan barato, o porque quieren las roben con ganas ), el dueño no estaba al tanto y realizó la verificación policial en la planta de Nuñez. La moto no se encuentra grabada y no presentó ninguna observación.
No se si suerte, casualidad o que en estos vehículos ni se fijan.
Saludos
dae escribió:Es muy raro lo que contas, siempre fue alcanzado para cualquier bien registrable, osea que si tenes numero de chasis y motor estas al horno. Como obtuviste ese dato?
NetZ escribió:A cuál dato puntualmente? El tema de la verificación policial? En persona, al momento de hacer el transferencia, en el registro automotor designado de capital federal. Por suerte el dueño había hecho todo el papeleo, no la compraba ni de casualidad sino....
|
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 11 invitados