Zafo??

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Zafo??

Notapor nacho_rosario el Mar Oct 09, 2007 10:14 pm desde Capital, Santa Fe, Argentina

Me entró una duda y quiero ver si me la pueden aclarar.
Me llegó la notificación que salió la declaratoria de pobreza de una persona que hace un juicio a la aseguradora y a mi en carácter de titular de un cg que vendí hace tiempo.
Yo hice la denuncia de venta pero la moto no fue transferida, incluso en el registro la moto tiene un pedido de captura previo al accidente.
La pregunta es: con la denuncia de venta zafo???
Por otro lado la abogda me dijo que no tengo que hacer nada hasta que no me llegue la demanda propiamente dicha, que eso era una declaratoria de pobreza y nada más, que cuando me notifiquen de la demanda me tengo que presentar con el la denuncia de venta la cual gracias a dios había hecho.
Gracias y saludos
nacho_rosario
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Notapor Gercho el Mar Oct 09, 2007 11:11 pm desde San Isidro, Buenos Aires, Argentina

por lo que yo se, tu abogada tiene razon, para estos casos sirven las denuncias de venta. Cuando te demanden vas con el papelito y decis, "la moto yo la vendi tal dia, aca esta la denuncia de venta" y listo.
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Gercho
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Notapor Gonzo el Mié Oct 10, 2007 2:03 am desde Belgrano, Capital Federal, Argentina

Si amigo, la denuncia de venta te libra de responsabilidad en este caso. Siempre y cuando la fecha sea anterior a dicho accidente, vos estas cubierto. Esto lo aclaro, porque muchas veces las denuncias se hacen en forma retroactiva.... y ahi ya es distinto probar si realemente la fecha que uno declara es cierta o no....

Otro consejo, si tenes el boleto de compraventa y la responsabilidad civil que gralmente se firman en las ventas, adjuntalas a la denuncia de venta. Por ahora, espera a que te citen....

Abrazos, y tranca que si es asi, queda demostrado que vos no tenes nada que ver..... respecto al pedido de secuestro anterior al accidente, es a causa de la denuncia de venta justamente, ya que se le da un plazo de 1 mes para transferir, caso contrario se dicta tal medida de secuestro.
Gonzo
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Notapor nacho_rosario el Mié Oct 10, 2007 2:49 pm desde Capital, Santa Fe, Argentina

Gracias Gercho y Gonzo, me quedo más tranquilo!!!!
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Notapor doc el Mié Oct 10, 2007 7:19 pm desde capital federal

En estos casos con la denuncia de venta tenes cubierta la responsabilidad en el sentido que al momento del siniestro podes demostrar que vos ya habias vendido la moto, es importante destacar que en la denuncia de venta como declaración unilateral del propietario surte efecos a partir del momento que se realiza.
En caso que te llegue una demanda, vas a tener que contestarla, a travez de un abogado y tú defensa va a ser que ya habias vendido la moto y a quien fue el que te la compro.
Me llama la atenciòn que te hallan notificado el otorgamiento de la carta de pobreza o también llamado beneficio de litigar sin gastos, sin que antes te notificaran que se inició ese trámite, no obstante seguro que en la comunicación que te llegó figura el Juzgado y Secretaría donde tramitó la carta de pobreza, asi que si queres podes averiguar si ya se inició el juicio, como para ir sabiendo como viene la mano.

Lo importante de todo que ya te asesoraste con un abogado y que no dejaste pasar el tiempo.
Mucha Suerte
doc
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