Indemnizacion por bache (nota de ambitoweb)

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Indemnizacion por bache (nota de ambitoweb)

Notapor alfredokiwi el Mié Oct 03, 2007 8:47 pm desde Buenos Aires

Copiado de ambitoweb.com

El Gobierno porteño deberá indemnizar a motociclista que se lesionó por un bache


El Gobierno porteño deberá indemnizar con 11.050 pesos a un motociclista que sufrió lesiones tras caer de su moto como consecuencia de un bache en una calle del barrio de Parque Patricios, según un fallo de la Justicia civil.

Así lo resolvió la Sala F de la Cámara Civil al entender que "la existencia de los baches, ondulaciones o irregularidades en el pavimento que son causa de un accidente", por lo que le cabe responsabilidad "al Gobierno de la Ciudad por cuanto es su función la conservación en buen estado y reparación de las calzadas".

"El monto de la condena corresponde al resarcimiento debido al actor en razón del accidente que sufrió el 26 de marzo de 2004, al caer de la moto en que circulaba por Avenida Colonia, de esta Capital, a consecuencia del mal estado del pavimento en dicha arteria a la altura del 300", señalaron los jueces Eduardo Zannoni, José Luis Galmarini y Fernando Posse Saguier

Según el fallo, el motociclista Emanuel Darío Enrique sufrió politraumatismos en el codo, rodilla, tobillo derecho y en la pelvis como consecuencia de la caída de su moto

"La existencia de los baches, ondulaciones o irregularidades en el pavimento" fueron la "causa" del "accidente", por lo que le cabe responsabilidad "al Gobierno de la Ciudad por cuanto es su función la conservación en buen estado y reparación de las calzadas", señalaron los jueces.

Además, indicaron que "la responsabilidad por los daños derivados del mal estado de las calles, si bien se vincula con el ejercicio del poder de policía edilicio, no atribuye responsabilidad sólo en razón de culpa o negligencia, o falta de servicio en el ejercicio del poder de policía edilicio, sino objetivamente como derivación del vicio y en razón de la garantía que debe el Gobierno a los transeúntes y conductores de vehículos".

"El gobierno de la Ciudad tiene el deber de controlar que la vía pública permanezca en condiciones tales que las personas puedan transitar por ella sin peligro, pues el Estado no puede desentenderse de la salud y salubridad de sus habitantes", afirmaron en el fallo los jueces de la Sala F.
"si se cuida con buen trato....
manejando sin maltrato ...
tienes moto para rato..."
Imagen
Aca el video: http://www.youtube.com/watch?v=HgcN7MUXe2U
Y el GLCD: http://www.youtube.com/watch?v=BUtrke2C834
alfredokiwi
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Notapor ALELTD el Jue Oct 04, 2007 2:02 pm

Gracias por tu aporte ! y que bueno que andes por estos pagos! Un saludo.Ale.
Fierros y mujeres...disgustos y placeres...
ALELTD
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