Como recuperar el 35% por compras en el exterior con tarjeta

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Como recuperar el 35% por compras en el exterior con tarjeta

Notapor Maurof el Mié Ene 08, 2014 12:33 pm desde Palermo, Capital Federal, Argentina

Muchachos, les dejo esta informacion que seguro a mas de uno le va a servir, es para aquellos que no pagan impuesto a las ganancias, ya que el recargo que se hace a las compras con tarjeta de credito en el extranjero son en concepto de adelanto a dicho impuesto.


Primera parte, preguntas y respuestas comunes:


Que necesito para hacer la solicitud?
Se necesita realizar la solicitud de CUIT, datos biométricos y tener clave de nivel 3. Todo esto se tramita en la AFIP que corresponde a su domicilio.

Que domicilio me corresponde?
Podes consultarlo acá: http://www.afip.gob.ar/genericos/datos_ ... s_main.asp

Como se completa el CUIT?
Tenes que ir a la sucursal de la AFIP, te van a entregar un formulario impreso (F.460/F) que hay que completar por duplicado. Podes buscarlo en su sitio web y completarlo con anticipación. Vas a necesitar 2 facturas a tu nombre recientes (original y fotocopia), que demuestren tu domicilio. Aparte de ello, original y fotocopia del DNI.

Qué pasa si no tengo 2 servicios recientes?

Se necesita:

1- Certificado de domicilio expedido por autoridad policial.
2- Acta de constatación notarial.
3- Original y copia de alguna factura de servicio público a nombre del contribuyente o responsable.
4- Original y copia del título de propiedad o contrato de alquiler o de "leasing", del inmueble cuyo domicilio se denuncia.
5- Original y copia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios.
6- Original y copia de la habilitación municipal o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.

* En caso que los elementos se encuentren a nombre de otra persona se deberá corroborar vinculo con la documentación correspondiente (libreta de familia - partida de nacimiento - certificado de convivencia - partida de matrimonio, etc. ORIGINAL Y COPIA).

Las facturas electrónicas no sirven de momento



Cuánto tarda?
En mi caso me dijeron que intente a las 2 horas. Es rápido.

Como es el tema de los datos biométricos?
Si no los tenes hechos, te lo hacen en el momento. Es muy simple, serán 10 minutos (más tiempo de espera en la sucursal). Te sacan una foto con una cámara web, te toman las huellas y listo.

Y la Clave nivel 3?
Lo mismo, es rápido.

Como recibo la plata?
Necesitas declarar el CBU de tu cuenta bancaria. Explicación debajo
1. Anda a https://auth.afip.gov.ar/contribuyente/.
2. Hace click en Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
3. Click en Adherir Servicio.
4. Anda a Afip, Servicios Interactivos.
5. Busca Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social.
6. Clickea ahí y dale a confirmar en la nueva ventana.
7. Cuando entres nuevamente al primer link vas a ver el link en tu homepage para este aplicativo.

Como se realiza la presentación de la declaración?
En primer lugar hay que habilitar "Mis Aplicaciones Web"
1. Anda a https://auth.afip.gov.ar/contribuyente/.
2. Hace click en Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
3. Click en Adherir Servicio.
4. Anda a Afip, Servicios Interactivos.
5. Busca "Mis Aplicaciones Web".
6. Clickea ahí y dale a confirmar en la nueva ventana.
7. Cuando entres nuevamente al primer link vas a ver el link en tu homepage para este aplicativo.

Ahora si, como se realiza la presentación de la declaración?
1. Anda a https://auth.afip.gov.ar/contribuyente/.
2. Hace click en Mis Aplicaciones Web
3. Click en Nuevo Formulario.
4. Completa tu nombre, selecciona Formulario F.746/A Devoluciones y Transferencias
5. Selecciona las percepciones y datos que te va a solicitar.
6. Te va a pedir banco, tarjeta, fecha de pago, etc.
7. Pone grabar. Tal vez te muestre un error, pero el formulario se envió.

Hice la presentación pero me mostro un error. Exactamente "La presentación tuvo errores"
Es normal, a todos les sale ese mensaje pero se presenta correctamente.


Foto a modo ilustrativo de como se ve la declaración:

Imagen
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Maurof
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Re: Como recuperar el 35% por compras en el exterior con tar

Notapor ninjafacha el Mar Ene 21, 2014 3:18 pm desde Lomas de Zamora, Buenos Aires, Argentina

no entendi por completo.

A vos cuanto tardaron en devolverte el 35%???, osea que te devuelven el 35% de todas las compras que existes hasta ahora??

ya lo usaste?.
ninjafacha
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Re: Como recuperar el 35% por compras en el exterior con tar

Notapor Cesar el Mar Ene 21, 2014 5:42 pm desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

una cosa es presentar los comprobantes y hacer el proceso "sencillísimo" para la devolución, ahora que se haga efectivo....y bueh...espera un cachito.. ::di
Un Abrazo
[url=http://img52.imageshack.us/i/avatarkawaclubyamahar1.jpg/][img]http://img52.imageshack.us/img52/201/avatarkawaclubyamahar1.jpg[/img][/url]
Cesar
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Re: Como recuperar el 35% por compras en el exterior con tar

Notapor dae el Mar Ene 21, 2014 7:50 pm desde Belgrano, Capital Federal, Argentina

No esta reglamentada la devolucion, osea no existen tiempos, no existe NADA! Nadie recibio un peso en su CBU al dia de hoy, que es lo unico que dice la ley acerca de la devolucion, osea que sin cuenta corriente olvidate. Como no existe reglamentacion de la ley, podrian devolvertelo en el enero/febrero de 2519.
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dae
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Re: Como recuperar el 35% por compras en el exterior con tar

Notapor tiyo22 el Mar Ene 21, 2014 11:51 pm

Todavia no hay nada! En mi caso, yo pague ganancias y puedo descargar el 35% de ahi. El tema es que mi 35% supera ampliamente lo que pague de ganancias asi que no se como joraca voy a recuperarlo. No hay nada de nada, y como ya dijeron mas arriba, a nadie le devolvieron un peso todavia. Aguardo novedades...
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Re: Como recuperar el 35% por compras en el exterior con tar

Notapor emucho el Mié Ene 22, 2014 5:18 pm desde Parque Chacabuco, Capital Federal, Argentina

Como bien dicen, esto sirve SOLO si durante el año no se pago un solo peso de ganancias. Ahora si algo de ganancias te retuvieron...pasas a una categoría especial y ahí sonaste.

Osea...si durante el año tu empleador te retuvo 10.000 pesos y con la tarjeta (el 15,20,35%) la retención fue de 15.000 pesos, el empleador debe devolvernos 10.000 pesos.
Ahora bien...esos 5000 pesos que sobran (y según me dijeron en afip, no hay un instrumento especialmente creado para esto) hay que inscribirse en el impuesto a las ganancias como si fuéramos una empresa. Obtener un CUIT y no se cuanta burocracia mas, para recuperarlo de alguna extraña forma (que no creo que sea en efectivo, sino que a través de créditos fiscales).

Para que nuestro empleador nos devuelva los 10.000 que nos retuvo de mas, hay que llenar el formulario que esta en el sitio web afip a través del sistema SIRADIG, enviarlo online y entregar en físico a nuestro empleador(hasta el 31 de enero de este año). Se supone que en marzo veríamos impactada esa devolución en nuestro recibo de sueldo.
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