Es una maniobra pueril de una persona mal informada, o demasiada informada. Es decir, aprovechándose de la exactitud del lenguaje, cuestiona la sanción. Modernidades que nos tocan vivir, donde la palabra tiene más valor que la acción.
A ver, la "contravención" es una falta. Se la distingue de los delitos por la gravedad que se le otorga, y la atenuación de las condenas en consecuencia. Por el resto, es igual: tiene que estar establecida en la ley, debe considerarse una conducta antijurídica (es decir, que afecte un bien jurídico protegido -material o inmaterial-) y debe ser imputable a alguien.
Lo que dice el flaco es "relativamente" cierto: al ser una contravención no le puede "secuestrar" el vehículo. Al ser una contravención, lo que pueden es "retener" el vehículo. You said "tomatou" I said "tomeitou"
El pedido de secuestro, o el secuestro de bienes en sí mismo están relacionados con un delito. El pedido de secuestro lo ordena en forma previa un juez, o lo efectúa la misma fuerza en caso de flagrancia (por ejemplo, si circulaba en un auto afanado, el mismo queda secuestrado y se pone a disposición de la justicia)
En cambio, la retención del vehículo es la sanción establecida a la comisión de la falta o contravención.
¿Los efectos de una y otra? Son similares en cuanto a que el vehículo pasa a custodia del estado. Los procedimientos pendientes sobre uno y otro son diferentes: en uno será un proceso penal y el otro contravencional. Intervinene distintas jurisdicciones y se levantan en forma distinta. Pero el vehículo se lo llevan lo mismo.
La gran diferencia es que la retención se resuelve con el cumplimiento de lo observado (obtener un seguro, la VTV, la cédula verde) y el pago de la multa (y bancarse la quita de puntos de corresponder)
El levantamiento del secuestro opera en forma diferente, ya que lo que pende es la situación procesal del detenido por el delito y conforme ese resultado se levantará o no el secuestro del vehículo.