Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor lionel el Sab Feb 18, 2012 2:39 pm

::ay alguien sabe, si esta permitido el transporte de la moto con el porton trasero de la caja de la camioneta bajo?
segun estuve buscando, la ley nacional de transito en el art 48 inc: Y: dice que no se puede circular con elementos que superen la linea del paragolpe de un vehiculo, el tema es que esto , si bien la supera no es ningun agregado en el vehiculo, por otro lado, la ley dice tambien que los vehiculos de carga cuyas cargas superen el largo, deberan señalizarlo con un trapo rojo, etc etc.
se que muchas veces dependera de quien te pare y las ganas que tenga o no de molestar y dar vueltas.
ahora, y yendo a lo legal, alguien tuvo alguna experiencia en esto de llevar la moto asi? saben realmente como se podra interpretar esta ambiguedad ;q para mi criterio ; esta en la ley? conocen algo legal a lo que se pueda acudir o argumentar para no tener problemas? ::ay
lionel
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor natoch el Sab Feb 18, 2012 2:44 pm desde Posadas, Misiones, Argentina

lionel escribió:::ay alguien sabe, si esta permitido el transporte de la moto con el porton trasero de la caja de la camioneta bajo?
segun estuve buscando, la ley nacional de transito en el art 48 inc: Y: dice que no se puede circular con elementos que superen la linea del paragolpe de un vehiculo, el tema es que esto , si bien la supera no es ningun agregado en el vehiculo, por otro lado, la ley dice tambien que los vehiculos de carga cuyas cargas superen el largo, deberan señalizarlo con un trapo rojo, etc etc.
se que muchas veces dependera de quien te pare y las ganas que tenga o no de molestar y dar vueltas.
ahora, y yendo a lo legal, alguien tuvo alguna experiencia en esto de llevar la moto asi? saben realmente como se podra interpretar esta ambiguedad ;q para mi criterio ; esta en la ley? conocen algo legal a lo que se pueda acudir o argumentar para no tener problemas? ::ay


En teoría no se puede.

Lo del trapo rojo es para emergencias, el tema es que va a considerar como emergencia el que te pare.

Yo nunca he tenido problemas, y circulo mucho con cargas que sobrepasan la vertical del paragolpes trasero. Suelo llevar siempre el famoso trapo rojo colgando del lugar más alejado del paragolpes, pero cada cana tiene su librito, y en este país siempre dependés del estado de ánimo del funcionario sentado del otro lado del escritorio y no de las normas escritas.

Saludos

Oscar
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor Cesar el Sab Feb 18, 2012 2:47 pm desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

yo creo que es como decis vos....."depende de quien te pare..."

yo pondria una baliza triangulo, bien marcada, que se demuestre que tu intencion es que este todo este bien visualizado y fijate si el porton abierto tapa la patente, otro detalle que te pueden marcar
Un Abrazo
[url=http://img52.imageshack.us/i/avatarkawaclubyamahar1.jpg/][img]http://img52.imageshack.us/img52/201/avatarkawaclubyamahar1.jpg[/img][/url]
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor AlfredoXJ6 el Sab Feb 18, 2012 3:14 pm desde La Plata, Buenos Aires, Argentina

Es como dice Natoch, la ley lo prohibe y lo del trapo rojo o baliza es solo para emergencias...

(aguante la fiat strada!!!! 8) )
ALFREDO
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor cavalen el Sab Feb 18, 2012 10:11 pm desde San Miguel de Tucuman, Tucuman, Argentina

muchas veces llevo en la camioneta escaleras o materiales que sobresalen de la caja, y les pongo esas cintas plasticas blancas y rojas que dicen peligro, la dejo colgando un metro y nunca tuve problemas pero bue...la ley es muy subjetiva...
saludos!!!
cavalen.

INVERTI EN EL FUTURO...PLANTA UN ARBOL...
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor bartender el Sab Feb 18, 2012 10:35 pm desde La Matanza, Buenos Aires, Argentina

el dia q pinche, vino la camioneta de ATM a buscarme para llevarme a la gomeria. Vino una saveiro de las primeras, las cuadraditas. La ninjita entraba pero en diagonal, y el porton fue abierto toooodo el viaje hasta floresta.. si los del seguro andan asi.... ::di ::di ::di ::di
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor lionel el Dom Feb 19, 2012 8:45 pm

gracias a todos por las sugerencias y experiencias, probare, señalizando todo lo mas posible, pondre otra chapa colgadita en el porton, ya que cuando lo bajas muy bien no se ve, y lo mas importante, tratare de viajar entre las 8 de la noche y las 8 de la manana que es cuando menos controles hay.
de cualquier manera, sigo escuchando sugerencias y experiencias que me permitan viajar mas tranqui y en el horario diurno,
gracias una vez mas, a todos por las sugerencias y experiencias ::ap

 mariano659 se suma al post de lionel
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor chuli111 el Sab Feb 25, 2012 12:05 am desde Las Colonias, Santa Fe, Argentina

como te dijeron arriba... las leyes son de acuerdo al librito que tenga quien te frene en su momento no... pero bue te comento mi situacion particular... mi viejo siempre lleva la chata cargada... y cuando nos frenaron, nos dijeron que por ser vehiculo de carga puede sobresalir 30 cm del vehiculo y debe estar correctamente señalizado...

deci que sobresalia 25... lo midio el muy hdp!!! jajajajja :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

saludos!!!
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor Nancy_Boy el Vie Mar 16, 2012 4:25 pm desde Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

natoch escribió:


Yo nunca he tenido problemas, y circulo mucho con cargas que sobrepasan la vertical del paragolpes trasero. Suelo llevar siempre el famoso trapo rojo colgando del lugar más alejado del paragolpes.

Saludos

Oscar


Seria bueno que vayas pensando en adquirir algún vehículo con el chasis mas largo
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor Geo el Sab May 19, 2012 10:35 am desde La Plata, Buenos Aires, Argentina

lionel escribió:::ay alguien sabe, si esta permitido el transporte de la moto con el porton trasero de la caja de la camioneta bajo?
segun estuve buscando, la ley nacional de transito en el art 48 inc: Y: dice que no se puede circular con elementos que superen la linea del paragolpe de un vehiculo, el tema es que esto , si bien la supera no es ningun agregado en el vehiculo, por otro lado, la ley dice tambien que los vehiculos de carga cuyas cargas superen el largo, deberan señalizarlo con un trapo rojo, etc etc.
se que muchas veces dependera de quien te pare y las ganas que tenga o no de molestar y dar vueltas.
ahora, y yendo a lo legal, alguien tuvo alguna experiencia en esto de llevar la moto asi? saben realmente como se podra interpretar esta ambiguedad ;q para mi criterio ; esta en la ley? conocen algo legal a lo que se pueda acudir o argumentar para no tener problemas? ::ay


Hace un par de años tuve que rendir por cambio de categoria del carnet y si algo me quedo claro fue el tema de las cargas, después te cuento porque :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Existe el termino de carga indivisible para el transporte:
CARGA INDIVISIBLE : Aquellas que como ser, vigas perfiles y varillas de hierro, rollizos, columnas de hierro o madera, contenedores, bloques de piedra, piezas estructurales, maquinarias, formen unidades que de algún modo rebasen las dimensiones corrientes del vehículo que las transporta.
Y bajo este concepto podés transportar cosas que excedan en ancho y largo según por donde transites, zonas urbanas y suburbanas. Por su puesto te dejo la Ley pero también te advierto que ya lo hicieron algunos muchachos que varian según las provincias y el ojo del oficial de turno ::N ::N .
IMPORTANTE!!! Fijate que también especifica como debe ir señalizado.
Saludos.-





LEY 11.430

CODIGO DE TRANSITO


CAPITULO II

CARGAS SOBRESALIENTES LIVIANAS Y CARGAS INDIVISIBLES

ARTICULO 12°: (Texto según ley 11.460) Las cargas sobresalientes livianas y cargas indivisibles deberán ajustarse a:
1) Las cargas generales no podrán sobresalir de la parte más saliente del vehículo (carrocería, guardabarros o punta de ejes) en que son transportadas.
2) Cargas livianas: exceptuándose de la disposición indicada en el inciso 1), las cargas livianas tales como pasto, paja, lana, viruta de madera, ya sea en fardos, líos o sueltos y otras cargas de análogas características en lo que a su gran volumen en relación al peso se refiere, tales como envases vacíos.
Estas cargas podrán sobresalir:
a) En zonas urbanas y suburbanas hasta veinte (20) centímetros como máximo de cada lado del vehículo.-
b) Fuera de las zonas urbanas y suburbanas hasta veinte (20) centímetros como máximo y del lado derecho solamente.

En los casos a) y b) indicados, el ancho total del vehículo y su carga no podrá exceder, sin embargo, los dos metros sesenta (2,60) centímetros.
De la parte posterior del vehículo estas cargas podrán sobresalir setenta (70) centímetros.

3) Cargas indivisibles: tratándose del transporte de una carga indivisible, está permitido que sobresalga como máximo veinte (20) centímetros sobre el lado izquierdo del vehículo y cuarenta (40) centímetros sobre el lado derecho, pero en ningún caso el ancho total del vehículo y carga podrá ser mayor que dos metros sesenta (2,60) centímetros.

4) Los vehículos que transporten cargas indivisibles en las condiciones indicadas en el inciso 3), deberán llevar en cada extremo sobresaliente, tanto delantero como trasero, un banderín de cincuenta (50) por setenta (70) centímetros a rayas oblicuas de diez (10) centímetros de ancho rojas y blancas. El banderín se suspenderá de un asta y en forma que sea bien visible. Los vehículos con cargas indivisibles que sobresalgan del mismo en las condiciones indicadas en el inciso 3) deberán transitar a velocidad precaucional y solamente de día, durante los intervalos en los que este Código no exige el uso de luces.

5) La autoridad de tránsito queda facultada para resolver en los casos especiales de cargas indivisibles que excedan los límites indicados en los incisos 3) y 4)
ImagenImagenImagenImagen
Saludos.-
Geo
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Re: Transportar moto en camioneta con el porton bajo

Notapor lionel el Vie May 25, 2012 11:42 pm

una vez mas gracias a todos, les cuento que no me quede quieto y seguí averiguando, todavía no me anime a cargar la moto mía, pero una vez le tuve que hacer la gamba a un amigo q la había roto y nos arriesgamos a llevarla.
la verdad, la moto va perfecta y mucho mas segura e incluso se hace también mucho mas segura la conducción sin un trailer al menos en manos inexpertas como las mías, lo cual me dio mucho mas bronca al ver lo practico y fácil q es llevarla así y lo poco o nada que se molesta al resto del transito.
la verdad que desde mi humilde entender y mis ganas de llevar la moto así a varios lugares, tampoco creo que disminuyan demasiado los daños que se producirían para un tercero al chocar contra un trailer, un paragolpes de una camioneta o un portón bajo de una camioneta, pero bue......
el otro día , me paro la policía como muchas veces para ver la moto y de paso para pedir algún papel, y aproveche a preguntar:
les argumente algo de lo que dice mas arriba y me dijeron que si bien era cierto, el vehículo al que se le permiten dichas cosas, son aquellos que están habilitados para carga, con la vtv especial para ello y el registro de moyano. y la verdad que no se si vale la pena hacer tanto tramite para llevar la moto por ejemplo un finde a córdoba o 2 en el año!!!
mi conclusión , vuelve a ser la misma que antes, lamentablemente,depende de quien te pare y la onda que tenga, ya que si quieren siempre encuentran alguna chicana para dejarte mal parado. ::pe
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