Cesar escribió:Entiendo el punto.
Pregunto: que se haya firmado el 08 como corresponde y en la fecha que figura es anterior al embargo, no es viable legalmente desvincularlo de esa situacion?, porque el formulario 08 es un Contrato de transferencia.
A ver: vamos a crear un ejemplo:
-Yo te vendo la moto el día 20 (firmo y certifico el 08 con fecha 20 y te lo doy para q lo presentes), mañana 21 vos no presentás el 08 con el pedido de transferencia a tu nombre porque te "enfermaste"; justo ese día (21) entra un embargo a "MI MOTO" (ya que aún está a mi nombre) por una deuda mia. Dicho embargo entra en el registro del automotor. ¿que es un embargo? Simplemente un, llamémosle: "un escrito", que se inscribe en el legajo de tu rodado, "inhibiéndolo" para ser transferido, evitando así dicho rodado "se vaya" de las garras de los cobradores jua jua jua.
Sigo: El día 22 vas vos con todo el tramiterío, incluido el 08 firmado con fecha 20, o sea anterior a la fecha del embargo (día 21)...¿que pasa? TE NIEGAN la transferencia a tu nombre por estar embargada la moto, y no hay tu tía
.
Vos podés probar que la compra tuya fue legal, incluso anterior, peeeeerooooo, el embargo impide ningún movimiento del legajo de dicha moto, hasta que se haga juicio y el juez dicte alguna resolución, la cual puede ser, incluso, "rematar" la moto, y el comprador.....que se jodaaaaaa
No se sis se entendió, traté de ser lo mas simple posible