Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Nancy_Boy el Lun Nov 14, 2011 1:02 pm desde Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

Jack escribió:
Nancy_Boy escribió:
aeroenrique escribió:Mientras no te detenga un inspector/cana, constate que sos vos en realidad, y te "avise" que te mandaste una cag...., y te hacen la boleta: no hay radar con foto multa que valga ::go


¿Por que a vos te parece? o ¿por que así es en los united estates?


No.

Sencillamente porque ya hay una ley, la Ley 24.449 del código procesal penal


Yo me preguntaba mas arriba... "¿Que parte no entendés?"
Ahora veo porqué....ni te tomás el tiempo de leer las respuestas.
Parecería que el fin es desacreditar la opinión del otro, no importa lo que diga, ni los fundamentos.

Lo vuelvo a poner acá para que lo tengas mas a mano, a ver si ahora tenemos mas suerte ...
Jack escribió:No surge del Acta de infracción que hubiera intervenido algún funcionario policial y/o que se haya identificado ante el presunto infractor, indicándole la dependencia a la que pertenecía - violando el Art.70 inc. 3 de la Ley 24.449 y 143 del C.P.P.; como tampoco consta en dicha acta que se entregara copia al presunto infractor, ni que no se lo haya podido identificar, ni que el mismo se diere a la fuga, violando el Art.70 inc. 4 de la citada norma legal.

Para tener validez las actas de infracción deberán ser labradas por un funcionario que, previamente, habrá de identificado al supuesto infractor, sea como titular, tenedor o usuario del rodado, describiendo cual ha sido la conducta supuestamente infractora.



Estimado Jack , primero que nada quiero agradecer el tiempo y dedicación que pones para contestarme, yo aprecio mucho eso.
Ahora si pasemos al tema legal. Como todos nosotros sabemos, de acuerdo al sistema federal que fija nuestra constitución, cada provincia puede fijar su propia ley de transito. Sin embrago para evitar los problemas que traeria tener tantas leyes como provincias en el año 1995 se sanciono la ley nacional de transito (24.449), Solo tres provincias no adhirieron, Buenos aires, Cordoba y Mendoza, porque ya tenían promulgada su propia ley de transito con anterioridad.
También como todos sabemos las leyes sufren constantes modificaciones o se ven afectadas por decretos y es responsabilidad de nosotros los profesionales estar al día con la ultima reglamentación vigente.
La utilización de medios electrónicos de control de infracciones quedo contemplado a en el articulo 21 de la lay 24449 a partir del anexo 1 del decreto 779/95 en donde se especifica las características de estos equipos. Si alguno tiene ganas de mirarlo después seguimos hablando




Maximiliano_S escribió:me extraña Jack lo tuyo, para qué te tomás el atrevimiento de contestarle a un personaje cuyo nombre es nancy boy???? dejalo que ya tiene suficientes conflictos emocionales con la antítesis de género de su nombre, un edipo no resuelto.

Nancy, antes que pongas algún comentario predecible, tengo tatuado en el pecho la "eisernes kreuz". Ahora te pregunto, adivina que símbolo tiene en el medio????



Maxi me gustaría saber bien a que apunta tu pregunta, pero sabiendo que sos un tipo rudo me imagino que tu tatuaje es algo asi:



Nalga tatuada de Maxi.jpg
No tiene los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Imagen
Nancy_Boy
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 7990
Mayo 2010


2232 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Maximiliano_S el Lun Nov 14, 2011 1:16 pm desde Bahia Blanca, Buenos Aires, Argentina

Nancy_Boy escribió:

Maxi me gustaría saber bien a que apunta tu pregunta, pero sabiendo que sos un tipo rudo me imagino que tu tatuaje es algo asi:





Mi pregunta era sencilla pero como veo que sos Kirchnerista, veo que sos chato de mente y culturalmente pobre (ser kirchnerista no significa ser intelectualmente plano, no es condición suficiente y necesaria como un teorema de análisis matemático II. Pero en tu caso está mas que comprobado lo que afirmo).
Cruz de hierro no es lo mismo que esvástica... a ver, 1+1=2 (eso sí es una igualdad). Si entendiste esto tenés la inteligencia de un delfín, andá Flipper, seguí tomando vino en tetra y escuchá música acorde a tu escalón socio-cultural.

Sacá eso de nazi, está re trillado, yo se que tu cabeza puede llegar a dar un poco más, esperaba que me dijeras "peckerwood", me desilusionaste, o sea, seguís siendo muy básico para responder.

 duke se suma al post de Maximiliano_S
ImagenImagenImagenImagen
Maximiliano_S
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 5327
Marzo 2009


5484 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Nancy_Boy el Lun Nov 14, 2011 1:40 pm desde Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

Maximiliano_S escribió:
Nancy_Boy escribió:

Maxi me gustaría saber bien a que apunta tu pregunta, pero sabiendo que sos un tipo rudo me imagino que tu tatuaje es algo asi:





Mi pregunta era sencilla pero como veo que sos Kirchnerista, veo que sos chato de mente y culturalmente pobre (ser kirchnerista no significa ser intelectualmente plano, no es condición suficiente y necesaria como un teorema de análisis matemático II. Pero en tu caso está mas que comprobado lo que afirmo).
Cruz de hierro no es lo mismo que esvástica... a ver, 1+1=2 (eso sí es una igualdad). Si entendiste esto tenés la inteligencia de un delfín, andá Flipper, seguí tomando vino en tetra y escuchá música acorde a tu escalón socio-cultural.

Sacá eso de nazi, está re trillado, yo se que tu cabeza puede llegar a dar un poco más, esperaba que me dijeras "peckerwood", me desilusionaste, o sea, seguís siendo muy básico para responder.



Yo puedo ser tan básico o tan complejo como sea necesario, no se que tiene que ver ser del partido politico que sea si lo que estoy discutiendo es que hay falta de informacion con respecto a la fotomulta, acá alguno recibió un correo basura con un modelo de carta documento y lo usa como si fuera una verdad incontestable.
Yo se la diferencia entre una cruz de hierro y una esvástica y la verdad que me ofende que hayas pensado que para mi era lo mismo. Vos pensas que las materias que estas cursando te habilitan para medir la inteligencia de los demas con una regla y yo te puedo enseñar que te equivocas y te digo mas; hace dos fines de semana cuando dijiste que ibas a andar por acá y querías que nos encontremos yo te iba a mostrar como mejor que con una regla a esta la tenes que medir con la boca.
Saludos
Imagen
Nancy_Boy
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 7990
Mayo 2010


2232 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Maximiliano_S el Lun Nov 14, 2011 1:50 pm desde Bahia Blanca, Buenos Aires, Argentina

Nancy_Boy escribió: Yo puedo ser tan básico o tan complejo como sea necesario, no se que tiene que ver ser del partido politico que sea si lo que estoy discutiendo es que hay falta de informacion con respecto a la fotomulta, acá alguno recibió un correo basura con un modelo de carta documento y lo usa como si fuera una verdad incontestable.
Yo se la diferencia entre una cruz de hierro y una esvástica y la verdad que me ofende que hayas pensado que para mi era lo mismo. Vos pensas que las materias que estas cursando te habilitan para medir la inteligencia de los demas con una regla y yo te puedo enseñar que te equivocas y te digo mas; hace dos fines de semana cuando dijiste que ibas a andar por acá y querías que nos encontremos yo te iba a mostrar como mejor que con una regla a esta la tenes que medir con la boca.
Saludos


Predecible y básico (muy)... seguí practicando que algún día te va a salir mejor, con tus pares morochos obvio, y K.

EDITO: ahhhh, no te preocupes si sos K, algún defecto la gente puede tener, en tu caso sería "una mancha mas al tigre"

 duke se suma al post de Maximiliano_S
ImagenImagenImagenImagen
Maximiliano_S
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 5327
Marzo 2009


5484 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Nancy_Boy el Lun Nov 14, 2011 2:16 pm desde Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

Maximiliano_S escribió:Predecible y básico (muy)... seguí practicando que algún día te va a salir mejor, con tus pares morochos obvio, y K.

EDITO: ahhhh, no te preocupes si sos K, algún defecto la gente puede tener, en tu caso sería "una mancha mas al tigre"


Si es por básico y predecible vos venís ganando por goleada. Igual escribas lo que escribas me haces reír igual, creo que ya te tome cariño.
Saludos
Imagen
Nancy_Boy
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 7990
Mayo 2010


2232 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Maximiliano_S el Lun Nov 14, 2011 2:20 pm desde Bahia Blanca, Buenos Aires, Argentina

me aburriste, chau
ImagenImagenImagenImagen
Maximiliano_S
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 5327
Marzo 2009


5484 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Nancy_Boy el Mié Nov 16, 2011 11:55 am desde Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

Acá va un dato interesante con respecto a la señalizacion de los radares, mas que nada para todos los que reclaman sin conocer las leyes.

La ley 14.246 establece:
ARTÍCULO 1º: Incorpórese el artículo 28 bis a la Ley 13.927, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 28 bis: Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.
La señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido.
En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad.
Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate.
El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago.”
Imagen
Nancy_Boy
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 7990
Mayo 2010


2232 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor aeroenrique el Mié Nov 16, 2011 10:56 pm desde Cruz del Eje, Cordoba, Argentina

Nancy_Boy escribió:Acá va un dato interesante con respecto a la señalizacion de los radares, mas que nada para todos los que reclaman sin conocer las leyes.

La ley 14.246 establece:
ARTÍCULO 1º: Incorpórese el artículo 28 bis a la Ley 13.927, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 28 bis: Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.
La señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido.
En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad.
Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate.
El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago.”

Presisamente:
En ningún lado vi indicadores de presencia de"radares" ...en tales lugares y según lo antes escrito: las fotomultas no son "legales", léase: "cobrables"
Imagen
aeroenrique
Usuario
 
 
Socio # 10813
Agosto 2011


1831 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Nancy_Boy el Jue Nov 17, 2011 9:54 am desde Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

aeroenrique escribió:
Nancy_Boy escribió:Acá va un dato interesante con respecto a la señalizacion de los radares, mas que nada para todos los que reclaman sin conocer las leyes.

La ley 14.246 establece:
ARTÍCULO 1º: Incorpórese el artículo 28 bis a la Ley 13.927, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 28 bis: Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.
La señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido.
En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad.
Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate.
El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago.”

Presisamente:
En ningún lado vi indicadores de presencia de"radares" ...en tales lugares y según lo antes escrito: las fotomultas no son "legales", léase: "cobrables"



A ver si nos entendemos, no en todos los lugares debe estar señalizada la presencia de radares, solo en aquellos donde límite máximo no sea el fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449




a) En zona urbana:

1. En calles: 40 km/h;

2. En avenidas: 60 km/h;

3. En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos;

b) En zona rural:

1. Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h;

2. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h;

3. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h;

4. Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h;

c) En semiautopistas: los mismos límites que en zona rural para los distintos tipos de vehículos, salvo el de 120 km/h para motocicletas y automóviles;

d) En autopistas: los mismos del inciso b), salvo para motocicletas y automóviles que podrán llegar hasta 130 km/h y los del punto 2 que tendrán el máximo de 100 km/h;

e) Límites máximos especiales:

1. En las encrucijadas urbanas sin semáforo: la velocidad precautoria, nunca superior a 30 km/h;

2. En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos: la velocidad precautoria no superior a 20 km/h y después de asegurarse el conductor que no viene un tren;

3. En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas: velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento;

4. En rutas que atraviesen zonas urbanas, 60 km/h, salvo señalización en contrario.



Ademas también se me ocurre que así como a veces no ven un cartel que dice máxima 60, quizás tampoco vean el cartel que anuncia que hay un radar.
saludos
Imagen
Nancy_Boy
Grand usuario
Grand usuario
 
 
Socio # 7990
Mayo 2010


2232 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor SanCudo el Jue Nov 17, 2011 9:06 pm desde Capital Federal, Argentina

me parecio muy interesante el tema, sobre todo por la data, ahora si les cae una foto multa por exceso de velocidad...hay q comersela, exceso es exceso, asi es como pasan los accidentes, un poquito mas un poquito mas y la cagamos, si me decis alguna como doble fila o estacionado en una zona prohibida, bue discutanlas, pero las q pueden ser perjudiciales para otra persona para mi no deberian poder discutirse, un semaforo en rojo, exceso de velocuidad, son multas q no deberian ni discutirlas porq la cagada nos la mandamos, q se yo, por lo menos yo lo veo asi
No se dejen engañar, cuando van en moto lo que les da en la cara no es aire, es ... LIBERTAD! (bueno... y algún bicho que otro) :lol:
SanCudo
Usuario
 
 
Socio # 9604
Enero 2011


1532 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor aeroenrique el Jue Nov 17, 2011 10:46 pm desde Cruz del Eje, Cordoba, Argentina

Nancy_Boy escribió:
aeroenrique escribió:
Nancy_Boy escribió:Acá va un dato interesante con respecto a la señalizacion de los radares, mas que nada para todos los que reclaman sin conocer las leyes.

La ley 14.246 establece:
ARTÍCULO 1º: Incorpórese el artículo 28 bis a la Ley 13.927, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 28 bis: Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.
La señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido.
En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad.
Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate.
El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago.”

Presisamente:
En ningún lado vi indicadores de presencia de"radares" ...en tales lugares y según lo antes escrito: las fotomultas no son "legales", léase: "cobrables"



A ver si nos entendemos, no en todos los lugares debe estar señalizada la presencia de radares, solo en aquellos donde límite máximo no sea el fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449




a) En zona urbana:

1. En calles: 40 km/h;

2. En avenidas: 60 km/h;

3. En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos;

b) En zona rural:

1. Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h;

2. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h;

3. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h;

4. Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h;

c) En semiautopistas: los mismos límites que en zona rural para los distintos tipos de vehículos, salvo el de 120 km/h para motocicletas y automóviles;

d) En autopistas: los mismos del inciso b), salvo para motocicletas y automóviles que podrán llegar hasta 130 km/h y los del punto 2 que tendrán el máximo de 100 km/h;

e) Límites máximos especiales:

1. En las encrucijadas urbanas sin semáforo: la velocidad precautoria, nunca superior a 30 km/h;

2. En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos: la velocidad precautoria no superior a 20 km/h y después de asegurarse el conductor que no viene un tren;

3. En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas: velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento;

4. En rutas que atraviesen zonas urbanas, 60 km/h, salvo señalización en contrario.



Ademas también se me ocurre que así como a veces no ven un cartel que dice máxima 60, quizás tampoco vean el cartel que anuncia que hay un radar.
saludos

¿Quien no los ve??
Nos hacemos los dolobus todos ::go
Entonces según vos: ¿a donde SI HAY o DEBIERA HABER carteles anunciando que existe un RADAR?
Pregunto porque yo jamás vi uno en ningun lado, y REPITO: sigo sosteniendo (y mas con tu detalle último), que dichas fotomultas, o sea la de los radares que NO TIENEN CARTEL que avisa: SON ILEGALES/NULAS o comoquieras llamarles y no debieran pagarse. Yo te recomiendo a vos que leas detenidamente la legislación que transcribis textual, (pero sin prejuicios) y vas a entender lo equivocado que estás. Suerte
Imagen
aeroenrique
Usuario
 
 
Socio # 10813
Agosto 2011


1831 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor SanCudo el Vie Nov 18, 2011 12:25 am desde Capital Federal, Argentina

aeroenrique escribió:¿Quien no los ve??
Nos hacemos los dolobus todos ::go
Entonces según vos: ¿a donde SI HAY o DEBIERA HABER carteles anunciando que existe un RADAR?
Pregunto porque yo jamás vi uno en ningun lado, y REPITO: sigo sosteniendo (y mas con tu detalle último), que dichas fotomultas, o sea la de los radares que NO TIENEN CARTEL que avisa: SON ILEGALES/NULAS o comoquieras llamarles y no debieran pagarse. Yo te recomiendo a vos que leas detenidamente la legislación que transcribis textual, (pero sin prejuicios) y vas a entender lo equivocado que estás. Suerte

entiendo lo q decis y es verdad, si la ley dice q deberian avisar esta perfecto, pero tambien me parece q en temas exceso de velocidad la ley tambien deberia ser indiscutida, no habia cartel pero ibas a mas de la vel permitida, no hay amparo q te salve, porq como siempre somos todos hijos del rigos, si te avisan bajas la velocidad y despues le das como loco, hoy por hoy todos los gps tienen el sistema de aviso de radar, todos bajan la velocidad y despues les chupa todo tres huevos, con lo cual para mi el q dice no me la cobres porq no habia cartel, le sacudo una multa el doble, porq eso es q le importa nada el q tiene al lado
No se dejen engañar, cuando van en moto lo que les da en la cara no es aire, es ... LIBERTAD! (bueno... y algún bicho que otro) :lol:
SanCudo
Usuario
 
 
Socio # 9604
Enero 2011


1532 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor aeroenrique el Vie Nov 18, 2011 11:36 pm desde Cruz del Eje, Cordoba, Argentina

SanCudo escribió:
aeroenrique escribió:¿Quien no los ve??
Nos hacemos los dolobus todos ::go
Entonces según vos: ¿a donde SI HAY o DEBIERA HABER carteles anunciando que existe un RADAR?
Pregunto porque yo jamás vi uno en ningun lado, y REPITO: sigo sosteniendo (y mas con tu detalle último), que dichas fotomultas, o sea la de los radares que NO TIENEN CARTEL que avisa: SON ILEGALES/NULAS o comoquieras llamarles y no debieran pagarse. Yo te recomiendo a vos que leas detenidamente la legislación que transcribis textual, (pero sin prejuicios) y vas a entender lo equivocado que estás. Suerte

entiendo lo q decis y es verdad, si la ley dice q deberian avisar esta perfecto, pero tambien me parece q en temas exceso de velocidad la ley tambien deberia ser indiscutida, no habia cartel pero ibas a mas de la vel permitida, no hay amparo q te salve, porq como siempre somos todos hijos del rigos, si te avisan bajas la velocidad y despues le das como loco, hoy por hoy todos los gps tienen el sistema de aviso de radar, todos bajan la velocidad y despues les chupa todo tres huevos, con lo cual para mi el q dice no me la cobres porq no habia cartel, le sacudo una multa el doble, porq eso es q le importa nada el q tiene al lado

Totalmente de acuerdo con vos, si no nos rompen el or... no damos bola; pero como siempre está la viveza criolla, y utilizan los radares no solo para castigar a los que "DEBEN" por exceso de veloc. si no a cualquier perejil q va 2 km/h de mas; y cito a un amigo q pasó por el que había en la comuna de San Roque, (a las márgenes del dique del mismo nombre), re contra puteado radar :oops: :oops: :oops: , a quien le hicieron una foto multa x iba a 72 km/h ::lo ::lo , en un lugar donde es una recta de como 5 km, y no hay peligro alguno...imaginate si "ese tipo" no va ir a pedir la nulidad de la multa, esgrimiendo la ilegalidad, si te sentís un reverendo pelotudo con una cosa así
Imagen
aeroenrique
Usuario
 
 
Socio # 10813
Agosto 2011


1831 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor SanCudo el Sab Nov 19, 2011 1:30 pm desde Capital Federal, Argentina

aeroenrique escribió:Totalmente de acuerdo con vos, si no nos rompen el or... no damos bola; pero como siempre está la viveza criolla, y utilizan los radares no solo para castigar a los que "DEBEN" por exceso de veloc. si no a cualquier perejil q va 2 km/h de mas; y cito a un amigo q pasó por el que había en la comuna de San Roque, (a las márgenes del dique del mismo nombre), re contra puteado radar :oops: :oops: :oops: , a quien le hicieron una foto multa x iba a 72 km/h ::lo ::lo , en un lugar donde es una recta de como 5 km, y no hay peligro alguno...imaginate si "ese tipo" no va ir a pedir la nulidad de la multa, esgrimiendo la ilegalidad, si te sentís un reverendo pelotudo con una cosa así

ah si en esos casos si, pero tengo entendido q en esos casos si vas a hablar podes pedir q te la cancelen porq el maximo de velocidad puede tener un % de diferencia, onda hasta unos 10km/h mas podes andar, obvio tenes q ir explicar y q te rompan un poco
Igual pienso q en la ruta es un tema totalmente distinto, la posibilidad de q causes un accidente con otras personas involucradas es minimo, en la ciudad me referia, ahi se deberia respetar a raja tabla, si dice 40 no mas de 40, porq en la ciudad si esta lleno de gente q podes lastimar por una locura propia
No se dejen engañar, cuando van en moto lo que les da en la cara no es aire, es ... LIBERTAD! (bueno... y algún bicho que otro) :lol:
SanCudo
Usuario
 
 
Socio # 9604
Enero 2011


1532 mensajes
Avatar de Usuario


Re: Procedimiento para solicitar la nulidad de una fotomulta

Notapor Kaguafer el Lun Nov 21, 2011 9:04 am desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

Hola a todos, muy interesante el tema y los comentarios. Yo queria preguntar: Algunos he leido que dicen que son ilegales estos metodos de la fotomulta, etc etc.., pueden poner el link o transcribir, o decirme donde puedo ir a buscar la ley o lo que sea que diga expresamente,, o tacitamente, de alguina forma que eso es asi?.

Y agrego otra inquietud, y pedido de ayuda u orientacion: Dónde puedo leer en que situaciones la policia puede sacarme la moto o no? Pregunto no porque no piense tener los papeles en regla, pero viste como son algunos canas, que te piden las 3 patentes, que te piden el pago del seguro, el seguro propiamente dicho y siempre algo te falta para que te digan que tienen que secuestrarte la moto.

Muchas gracias y agrego que es una pena que tengamos que cuidarnos de los que nos tienen que cuidar... :?
See U at the Finish Line
Kaguafer
Usuario casual
 
 
Socio # 11146
Septiembre 2011


15 mensajes

AnteriorSiguiente

Volver a Consultorio LEGAL

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 16 invitados

cron