Con conocimiento de causa y ante una eventual detención en ruta por alguna autoridad policial, gendarmería, prefectura, agencia nac. de seguridad vial, etc,etc, tener en cuenta:
1.-Ante la requisitoria de la autoridad que veamos que va más alla de la documentación personal y del vehículo, que nos de indicios de que buscan "un arreglito", simplemente pidamos se nos labre la infracción ay que supuestamente corresponde ademas de solicitarle nombre y legajo, lo cual automáticamente generará el "por esta vez lo dejamos pasar" y caso contrario con nombre y legajo se hace la denuncia correspondiente en una fiscalía por cohecho, amenazas, privación ilegal de la libertad, etc.
2.- Nunca firmar si no se está conciente de que la infracción corresponde, y aún así, ante la duda, no firmar nada(ya que no existe obligación de hacerlo) o en su defecto hacerlo "en disconformidad" no siendo necesario expresar el motivo. Que nos manden el acta a nuestro domicilio, si llega, veremos.
3.-Nunca permitir el secuestro del vehículo salvo que no haya posibilidad de solucionar la contravención: si falta documentación y podemos conseguirla, puede quedar retenido en el lugar y nosotros traerla para proseguir el viaje, lo mismo si nos olvidamos el carnet de conductor, si hay alguien más que pueda conducir no es motivo de secuestro; si se detectara alcoholemia positiva y nos acompaña alguien con registro y sobrio no hay inconveniente en seguir el viaje, en igual sentido si llamamos a alguien que nos venga a buscar, el secuestro es injustificado y solo un negocio para el acarreo.
4.-Recordar que la falta de documentación personal no es motivo de aprehensión por averiguación de identidad, ya que dicho artículo de la ley 13482 fue declarado inconstitucional por numerosos tribunales de la provincia de Buenos Aires.Sin perjuicio de lo cual no podemos seguir conduciendo si no tenemos DNI y registro habilitante.
5.-El nuevo DNI que viene en formato tipo cédula plástica, a pesar de algunos funcionarios "burros", es válido para todo tipo de trámite al igual que la libreta que se netrega con la misma y que solo es requirida para votar y vambiar de domicilio. No permitamos que nos invaliden ningún trámite por llevar el DNI tarjeta, que además tiene validez en el MERCOSUR y otros países sudamericanos.
Estas son algunas básicas. Como orientación la pagina del CESVI tiene todo lo referente a requsitos para cada tipo de vehículo que exige la ley nacional de tránsito que es obligatoria en nuestra prov. de Bs.As y la mayoría de las jurisdicciones.