Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor jchi69 el Mié Nov 17, 2010 1:54 pm desde Avellaneda, Buenos Aires, Argentina

Éxitos Ema! Mantené el post activo así nos enteramos las novedades. Es un caso interesante de seguir ya que la mayoría opta por obviarlas hasta que prescriben.

Salutti!
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor alemique el Mié Nov 17, 2010 11:25 pm

dae escribió:alemique , las multas fueron x el coche o la moto?


Las multas fueron en el coche.- fueron por falta de luces bajas - semaforo en rojo en medio de la ruta (ni me acuerdo sinceramente que existiera) - y exceso de velocidad, por ir a 115km/h en max 60km/h.


asclepios escribió:
emanunez escribió:muchas gracias gente por la info!!!!! ayer mandé el descargo por correo argentino... ahora habrá que esperar a ver qué dicen... :D


Suerte Ema...!!!

Yo prefiero dejarlas durmiendo hasta nuevo aviso, total ya casi pasó un año, falta otro y listo... ::re


Voy a aclarar este punto, creo que corresponde:
Les comento que la ley de transito original, esto es la ley 24.449 preveia en su art. 89 lo siguiente:
ARTICULO 89.-PRESCRIPCION. La prescripción se opera:
a) Al año para la acción por falta leve;
b) A los dos años para la acción por falta grave y para sanciones. Sobre éstas opera aunque no haya sido notificada la sentencia.
En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.

Esta ley fue modificada en el año 2008, por la Ley 26.363, que crea la Agencia Nacional de la Seguridad Vial, sustituyendo el mencionado art. 89 por el siguiente:
ARTICULO 36. — Modifícase el artículo 89 de la Ley 24.449, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 89: PRESCRIPCION. La prescripción se opera:
a) A los DOS (2) años para la acción por falta leve;
b) A los CINCO (5) años para la acción por falta grave y para sanciones;
En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.

Por tal motivo, dejo en claro que en aquellos lugares de Jurisdiccion Nacional, principalmente, rutas nacionales, o en aquellas Provincias que se encuentran adheridas a este sistema (todas menos Cordoba, Mendoza y Buenos Aires) el plazo de la prescripcion se ha modificado.-

PD: Si la infraccion la cometiste antes de la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.363, podes por aplicacion de la ley más benigna, pedir que se te juzgue con la ley que regia al momento del hecho.-

Espero les sirva este aporte. Saludos
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor jchi69 el Jue Nov 18, 2010 10:45 am desde Avellaneda, Buenos Aires, Argentina

dae escribió:...En algunas jurisdicciones hay "faltas graves" que no son faltas sino contravenciones, por tanto al estar caratuladas como delito (lo cual permite dias de arresto) no prescribe a los 2 sino a los 4 años, OJO...


Sí, son los plazos que aclaró dae, solo que la grave, en lugar de 4 resulta ser de 5
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor Gercho el Jue Nov 18, 2010 12:40 pm desde San Isidro, Buenos Aires, Argentina

Creo que un asesinato prescribe a los 3 años no?... que bárbaro... me gustaria ver mano dura contra todo de la misma manera.

PD: En la carta al municipio no estan mezclados muchas peras, bananas y sandias? Digo, porque negas haber pasado por ahi, que te tiraron la multa en la vereda, que no te pararon (que se contradice con lo primero), etc, etc
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor natoch el Jue Nov 18, 2010 12:50 pm desde Posadas, Misiones, Argentina

Gercho escribió:...Creo que un asesinato prescribe a los 3 años no?...


No estoy seguro (y no tengo ganas de buscar en el Código Penal), y probablemente dependa del tipo de homicidio, pero creo que son 20 años para homicidio simple.
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor jchi69 el Jue Nov 18, 2010 1:09 pm desde Avellaneda, Buenos Aires, Argentina

Gercho, el homicidio prescribe a los 12 años.

Igual, entendiendo perfectamente la ironía de que todo el que infringe la ley es culpable y debería responsabilizárselo por ello, el caso no es el mismo.

Acá, por lo que parece, la "infracción" que le quieren endilgar no es conforme a derecho y por tanto no se puede culpar a alguien por incumplir una manda ilegítima. Poniendo un paralelo burdo como el de la prescripción del homicidio, si un sujeto le vende cocaína a un segundo y éste último no le paga, difícilmente el primero pueda reclamar judicialmente el cobro de la "deuda".

Esto que se habló en este thread de que algunos prefirieron dejar prescribir la multa responde a ello, que al ser una acción ilegítima del estado los caminos son: pelearse y hacerlo notar (con todo el laburo que eso significa) o dejar sencillamente que prescriba y ahorrarse todo el laburo para lograr en 5 años lo que logra en 2. Nótese hasta qué punto el municipio que incumple la normativa es consiente de ello que no hay casos (o su número es tan insignificante que no trasciende públicamente) que se hayan seguido acciones judiciales por multas impagas cuando no corresponde que sean pagadas

Creo, que hay una gran diferencia entre quien decide dejar prescribir una multa que quien se esconde durante 12 años para evitar ser procesado por homicidio, y no me refiero justamente a la gravedad de la falta.

Espero que este comentario no sea tomado como que apoyo el "viva la pepa" y que la anarquía es la solución ya que lo escribo desde la mayor objetividad con la que pueda contar, simplemente me pareció un poco injusto (por más que se haya hecho en tono de broma) la comparación.

Salutti!
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor juanela el Mié Feb 23, 2011 9:55 pm

Gercho escribió:llamá por teléfono al menos; a mi me mandaron una por pasar a 48 kph en zona de MAXIMA 40 sobre Pergamino en la R8. Es ridículo realmente que en plena ruta, por muy zona urbana que sea pongan MAXIMA 40 cuando por la Avenida Corrientes se puede circular a 60.
Llamé por teléfono y tranquilamente le dije al que me atendió "jefe... no le parece que exageraron algo?" y me dijo que mande $10 para los gastos administrativos en un giro postal a nombre del tribunal de faltas... algo que parecía bastante "legal" digamos, junto con el número de la infracción y la verdad... nunca supe más de ellos y el auto se vendió sin problemas de multas pendientes.

Llamá y deciles "muchachos, un poco de contemplación, ni a los chorros los persiguen con la soga tan corta".


NO PAGUES LA MULTA, ES INCONSTITUCIONAL. LO QUE DEBES HACER ES IMPUGNARLA JUDICIALMENTE, LUEGO SALIS ABSUELTO DE CULPA Y CARGO y el dia de mañana no tendras problemas ni para transferir el auto ni para renovar el carnet.
ADEMAS CON EL TRAMITE CONDENAN A LA POLICIA POR LOS HONORARIOS.
LAS CARTAS DOCUMENTOS NO SIRVEN, LA POLICIA NO LES DA BOLA.
LLAMAME YO TE PUEDO ASESORAR Y SI QUERES TE HAGO EL TRAMITE DE MANERA TOTALMENTE GRATUITA. 03446-15649000 /juanmaya@arnet.com.ar
suerte
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor renegado2712 el Mié Feb 23, 2011 10:32 pm desde La Plata, Buenos Aires, Argentina

Primero, consultá poruqe si no tenes antecedentes y haciendo pago vountario a veces se te cobra la tasa administrativa, que puede ser muy baja y mandás el importe por transferencia bancaria desde un cajero. Hay una vieja discusión porque si fue en una ruta nacional como la 14 que recorre E. Riós hay un conflicto de jurisdicción y ellos no tienen competencia sobre esa vía(solo gendarmeria o la ANSV). da para pelearla, los conflictos son interminables porque ellos lucran con esto, acá no hay prevención ni nada por el estilo.Un aporte más a la confusión general. ::di ::di ::di ::di

P.D. yo no pagaría nada si insisten.
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor Guarf el Jue Feb 24, 2011 3:47 am desde Montevideo, Uruguay

solo como información, si un día vienen a uruguay ojo con la policía caminera y la velocidad, son multas de 1250 pesos argentinos.
Jueves 03 de Mayo de 2007 a las 16:00 hs = Ninja Ex250r año 98.
Sábado 07 de Julio de 2007 a las 04:00 hs = Kawasaki Crash Test Dummy
Martes 15 de Septiembre de 2009 a las 15:00 hs = Ninja 650 año 09
Lunes 29 de Noviembre de 2010 a las 18:00 hs = zx6r año 10
Viernes 18 de Febrero de 2011 a las 19:00 hs = zx6r año 11
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor asclepios el Jue Feb 24, 2011 6:38 am desde Villa Pueyrredon, Capital Federal, Argentina

Guarf escribió:solo como información, si un día vienen a uruguay ojo con la policía caminera y la velocidad, son multas de 1250 pesos argentinos.


Baratito nomás... :shock:

El domingo me sacaron el registro en la provincia de Buenos Aires por circular por la banquina (autopista Buenos Aires - La Plata), después te pongo cuanto me sale el recupero... :doh
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Re: Multa x Exceso de Velocidad en Entre rios

Notapor renegado2712 el Jue Feb 24, 2011 11:46 am desde La Plata, Buenos Aires, Argentina

ACLAREMOS UN POCO faltas y contrafenciones son sinonimos o se usan en igual sentido, los delitos son otra cosa diferente y solo estan tipificados en el Código Penal Argentino, las faltas o contravenciones leves prescriben alos 2 años y las graves caso no tener VTV conducir alcoholizado, exceso de velocidad son graves y prescriben alos 5 años, la ley nacional rige en las rutas nacionales y en todas la provincias que hayan adherido a la misma(caso Bs. As).Sino se rigen por sus leyes de tránsito. Y aclaremos NO ES LO MISMO . No firmen nada ya que sino corren los plazos legales y eso juega en contra del supuesto infractor. tengan siempre en cuenta que la finalidad es meramente recaudatoria. Solo sé que no se nada pero soy Prof.de derecho penal y les aseguro que la legislación de tránsito es objeto de otra materia qye es derecho de tránsito o contravencinal(de la cual también he ehco publicaciones)..si a algunpo le sirve...
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