por Pablo~ el Vie Sep 25, 2009 12:40 am
Una vez hecha la declaratoria de herederos es que ya se hicieron los edictos y están firmes los sucesores (si aparece otro hijo después, no es tu problema ni va a serlo), el abogado de la sucesión debe hacer un escrito solicitando el tracto abreviado (ese escrito debe tener conformidad de las partes), y designar un escribano que hará los papeles, cuando el juez expida permiso, sale tu transferencia mediante un 08 con ese escribano, adjunta la resolución del juez y el comprobante de pago de moto... la guita va a una cuenta de depósito judicial, a menos que el juez diga otra cosa.
O sea, hablá con el abogado de la sucesión y que lo haga, pero que deje asentado cuanto es tu costo de honorarios, o si los honorarios van a la misma sucesión, no dejes eso a medias tintas.
Va a ser tu plus de problemas al ahorrarte esos mangos que pensabas que te ahorrabas, cuando al final, si te toca un abogado pajerizado te tarda meses en salir tus papeles, sin contar el hecho que si ya pagaste y el juez dice "va a una cuenta de depósito judicial" entonces el responsable de presentar ese depósito sos vos aunque ya le diste la guita al que te dio la moto. Ojo con eso también, no la pagues 2 veces.