Las multas de tránsito se vencen??

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Las multas de tránsito se vencen??

Notapor Seba_mop el Jue May 21, 2009 1:00 pm desde Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

Eso, después de un tiempo las multas se vencen? La consulta es por una multa del 99/2000
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Re: Las multas de tránsito se vencen??

Notapor Leito el Jue May 21, 2009 1:24 pm desde Capital Federal, Argentina

Seba_mop escribió:Eso, después de un tiempo las multas se vencen? La consulta es por una multa del 99/2000


En capital es un año por una falta leve y dos años una grave, no sé como habrá quedado con ésto de los puntos.
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Notapor Gorva el Jue May 21, 2009 1:54 pm desde Beccar, BsAs

En realidad no se vencen, prescribe la acción administrativa. Digamos, la multa sigue existiendo, pero si no se le da impulso procesal en 1 o 2 años (dependiendo de la multa) quedás eximido de la obligación de pagarla.

O shea, a los efectos prácticos es lo mismo... con la salvedad de que en caso de cometer OTRA infracción antes de la prescripción, se renueva el plazo de prescripción... esto es, vos tenés una multa del 2003, en 2004 tenés otra multa, suponiendo que las dos prescribiesen a los 2 años, van a vencer ambas en 2006.
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Notapor Leandro el Jue May 21, 2009 3:17 pm desde Santa Fe - Capital

a los 5 años caducan, depende el municipio.....
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Notapor Christian 380W el Jue May 21, 2009 3:33 pm desde Capital Federal, Argentina

Yo tengo entendido que las que vencen son las multas leves, las graves no, yo tuve que pagar un semaforo en rojo cuando vendi un auto en el 2006 y la multa era del 2002
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Notapor dae el Jue May 21, 2009 5:53 pm desde Belgrano, Capital Federal, Argentina

Gorva escribió:En realidad no se vencen, prescribe la acción administrativa. Digamos, la multa sigue existiendo, pero si no se le da impulso procesal en 1 o 2 años (dependiendo de la multa) quedás eximido de la obligación de pagarla.

O shea, a los efectos prácticos es lo mismo... con la salvedad de que en caso de cometer OTRA infracción antes de la prescripción, se renueva el plazo de prescripción... esto es, vos tenés una multa del 2003, en 2004 tenés otra multa, suponiendo que las dos prescribiesen a los 2 años, van a vencer ambas en 2006.


tampoco prescriben si sos notificado, se renueva el plazo
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Notapor hdemartini el Jue May 21, 2009 5:58 pm desde SANTA FE

Ley 451 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires


ARTÍCULO 15.- PRESCRIPCION. La acción en el régimen de faltas prescribe al año, salvo para los casos en que la ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 establece que prescribe a los dos años.


ARTÍCULO 16.- INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN. El plazo de prescripción se interrumpe por la citación, fehacientemente notificada, para comparecer al procedimiento de faltas.


Es decir que la prescripción para faltas leves, como lo es el estacionamiento en lugar prohibido, opera al año, en la Ciudad de Buenos Aires, y de acuerdo a la Ley Nacional de Tránsito 24.449 en su art. 89. Debe tenerse en cuenta que la prescripción puede verse interrumpida por citación fehacientemente notificada.



Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449

ARTICULO 89. — PRESCRIPCION. La prescripción se opera:
a) Al año para la acción por falta leve;
b) A los dos años para la acción por falta grave y para sanciones. Sobre éstas opera aunque no haya sido notificada la sentencia.
En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.

hay que tener en cuenta que no es lo mismo PRESCRIPCION DE LA ACCION con CADUCIDAD (5años) el primero extingue la posibilidad de accionar y el segundo extingue el derecho en si.
saludos
henan
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Notapor Leito el Jue May 21, 2009 7:21 pm desde Capital Federal, Argentina

Lo que dije al principio, un año para las faltas leves y dos para las graves.
Ta claro? :lol:
Leito
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Notapor dae el Vie May 22, 2009 10:12 am desde Belgrano, Capital Federal, Argentina

habia un pryecto de ley para pasarlo a 2 y 4, no se si salio con el scoring
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