por Gorva el Jue May 21, 2009 1:54 pm desde Beccar, BsAs
En realidad no se vencen, prescribe la acción administrativa. Digamos, la multa sigue existiendo, pero si no se le da impulso procesal en 1 o 2 años (dependiendo de la multa) quedás eximido de la obligación de pagarla.
O shea, a los efectos prácticos es lo mismo... con la salvedad de que en caso de cometer OTRA infracción antes de la prescripción, se renueva el plazo de prescripción... esto es, vos tenés una multa del 2003, en 2004 tenés otra multa, suponiendo que las dos prescribiesen a los 2 años, van a vencer ambas en 2006.
Ahorrando combustible y píxeles por el bien de todos!