Máximo de infracciones

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Máximo de infracciones

Notapor julianH el Sab Sep 20, 2008 1:23 am desde San Martín, Buenos Aires, Argentina

El viernes al salir del laburo, como para terminar bien la semana, uno de esos <<"ingrese puteada aquí">> de azul me había dejado una de esas "Acta de comprobación" según le dicen ellos.
Yo trabajo en el microcentro y los días que tengo facultad (curso en Lugano) voy con la moto porque en bondi, además de viajar como ganado y pagar el "semi-rápido" llego tarde. Y a la vuelta (vivo en San Martín) tardo una bocha y llego a las 23:45 a mi casa. En cambio, con la moto llegó 15 mins. temprano a la facultad y llego a mi casa a las 22:20 como mucho.

No es mi intención decir que el estacionamiento ahí está permitido, porque sé que no lo está. Pero obviamente el tipo este se pensó que yo tengo la re plata y voy con la moto al centro a pasear, porque sólo me la hizo a mí, a los 125 y 250 no les hizo nada. Le tendré que poner una calco que diga "Mensajería JulianH 0-800-CHUP..."?

Mi consulta son las siguientes:
1) ¿CUÁL ES LA CANTIDAD MÁXIMA DE MULTAS QUE UN VEHÍCULO PUEDE TENER? o sea, te pueden secuestrar la moto si te paran para pedir papeles y le salte que se yo, que alguien tiene 20 multas?
Pregunto porque esta es la tercera que me hacen y las van a seguir haciendo porque no hay estacionamiento permitido para ninguna moto (según me dijo otro policía) que no sea pago en el centro (en el más cerca pago que hay la tengo que dejar en una esquinita y una columna después de subir un cordón, junto con otras 3 motos...

2) Hay una cuestión interesante en una de las multas que me hicieron, pusieron:
Infracción: 6920
Descripción: Estac. lugar sin ticket/hora vencida

Cuando en ese lugar no hay parquimetros ni ticketeadoras! Eso deja inválida la infracción?

Desde ya agradeceré sus respuestas.

Pd.: hay uno que tiene un Africa Twin con el cual me hablo y hoy me dijo que "zafó" porque fue con una chineta a la cual le sacó la patente (anda sin ella) :roll:
julianH
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Notapor Gercho el Sab Sep 20, 2008 1:26 pm desde San Isidro, Buenos Aires, Argentina

creo que si dejaste la moto en la vereda y te pusieron esa multa no suena que este bien hecha; por otro lado, no se nada que existe un limite de infracciones o algo asi.
Esas infracciones se vencen a los dos años si no te iniciaron una causa, asique....
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Notapor Guille el Sab Sep 20, 2008 7:14 pm desde Capital Federal, Argentina

por el código podrias reclamarla, pero van a saltar las otras y al final te las cobran todas. Lo hacen a proposito para presentarte :lol:
Guille
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Notapor julianH el Sab Sep 20, 2008 8:13 pm desde San Martín, Buenos Aires, Argentina

Guille escribió:por el código podrias reclamarla, pero van a saltar las otras y al final te las cobran todas. Lo hacen a proposito para presentarte :lol:

No me extrañiaría que lo hagan a propósito... :?
Gracias por contestar!
julianH
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Notapor julianH el Sab Sep 20, 2008 8:16 pm desde San Martín, Buenos Aires, Argentina

Gercho escribió:creo que si dejaste la moto en la vereda y te pusieron esa multa no suena que este bien hecha; por otro lado, no se nada que existe un limite de infracciones o algo asi.
Esas infracciones se vencen a los dos años si no te iniciaron una causa, asique....

Gercho, la moto la dejo en la calle (la vereda tiene dos baldosas de ancho, fuckin' microcentro...), la dejo en la calle, en los estacionamientos de moteros que se forman en todo microcentro, esos que vas caminando y ves 15 motos a 30º estacionadas todas juntas.

El tema del vencimiento, es por cada infracción?, por ejemplo, si tenés una del 2007 (vence en 2009) y te hacen una en 2008, eso significa que todas las infracciones vencen en 2010?

Gracias por contestar!
julianH
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Notapor Christian 380W el Sab Sep 20, 2008 9:47 pm desde Capital Federal, Argentina

julianH escribió:El Mi consulta son las siguientes:
1) ¿CUÁL ES LA CANTIDAD MÁXIMA DE MULTAS QUE UN VEHÍCULO PUEDE TENER? o sea, te pueden secuestrar la moto si te paran para pedir papeles y le salte que se yo, que alguien tiene 20 multas?
Pregunto porque esta es la tercera que me hacen y las van a seguir haciendo porque no hay estacionamiento permitido para ninguna moto (según me dijo otro policía) que no sea pago en el centro (en el más cerca pago que hay la tengo que dejar en una esquinita y una columna después de subir un cordón, junto con otras 3 motos...


Por lo unico ke te pueden secuestrar la moto es por tener el registro vencido o ke no este a tu nombre asi me dijieron si debe patentes o multas es otro tema ke el operativo no tiene porke preocuparse, ahora lo raro es ke te hagan multa donde la dejan todo los motokeros, no se x donde laburas yo cuando voy al centro la dejo en las eskinas junto con la de los fleteros y no pasa naranja vos vas con el 9 o tenes una 125 te digo porke yo voy con el CG y paso desapercibido.

julianH escribió:2) Hay una cuestión interesante en una de las multas que me hicieron, pusieron:
Infracción: 6920
Descripción: Estac. lugar sin ticket/hora vencida

Cuando en ese lugar no hay parquimetros ni ticketeadoras! Eso deja inválida la infracción?


Ahi la podes pelear teoricamente si no hay cartel de prohibicion y tampoco tikeadora la podes dejar me parece no?

julianH escribió:El tema del vencimiento, es por cada infracción?, por ejemplo, si tenés una del 2007 (vence en 2009) y te hacen una en 2008, eso significa que todas las infracciones vencen en 2010?


Por lo ke tengo entendido es como decis si te hacen una en el 2007 vence en el 2009 si te la hacen en el 2008 vence en el 2010, las multas ke prescriben a los 2 años solo las multas "leves" como en este caso mal estacionamiento, si fuera un semaforo en rojo o exceso de velocidad esas no caducan nunca.
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Notapor Gorva el Mar Oct 07, 2008 2:01 pm desde Beccar, BsAs

Je, recien tuve que salir pitando a otra oficina en el microcentro y vi tu 9, juli... y, la verdad es que RESALTA entre todo el chinotaje.

Pero estaba perfectamente estacionada.
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Notapor julianH el Mar Oct 07, 2008 2:16 pm desde San Martín, Buenos Aires, Argentina

Gorva escribió:Je, recien tuve que salir pitando a otra oficina en el microcentro y vi tu 9, juli... y, la verdad es que RESALTA entre todo el chinotaje.

Pero estaba perfectamente estacionada.

:mrgreen: Viste? hay de todo acá abajo, llegaste a ver el Yamaha FJR1300? eso es un bote!!!
Y hay algunos días que dejan una ducati viejita, toda roja, con espejos por debajo del manillar.
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Notapor dae el Mar Oct 07, 2008 5:22 pm desde Belgrano, Capital Federal, Argentina

vos estas loco!?! dejar la moto ahi negro... ya no se como putearte :(

respecto a recurrir la multa, es mas facil hacerla k se caiga x improcendente.. puede ser disimulando la marca o el color..

kawasaki muchas veces lo escriben mal y safas.. si solo pone la chapa estas al horno.
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Notapor Christian 380W el Mar Oct 07, 2008 5:30 pm desde Capital Federal, Argentina

Porke?? donde la dejas Julian?? Yo ando x la zona de Retiro...
Hace 1 mes atras iba x la Gral Paz y vi ke llevaban un 9 igual al tuyo atado arriba de una chata supongo ke no eras vos pero si te recorde apenas lo vi.
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Notapor MOLLO el Mar Oct 07, 2008 8:00 pm desde capital federal

a mi me quisieron ensartar una multa hace poco en el microcentro por dejarla en la calle en 45, cuando llego estaba el cana mirando la patente que la tengo en el bajo cola, y me decia que no podia estacionar ahi, entonces le dije muy educadamente, no encontre ningun cordon naranja donde poder dejarla, o algun dibujo de moto en el asfalto, el cana me miro y me dijo que yo tenia razon pero que la mueva a otro lado que me iva a hacer la multa igual si no la saco. procedi a sacarla y tener que dejarla en la 9 de julio y lavalle con todos los fleteros.
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KAWASAKI RULES. Facundo, ZX6 la mas rara del condado.
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Notapor julianH el Mar Oct 07, 2008 10:13 pm desde San Martín, Buenos Aires, Argentina

Christian 380W escribió:Porke?? donde la dejas Julian?? Yo ando x la zona de Retiro...
Hace 1 mes atras iba x la Gral Paz y vi ke llevaban un 9 igual al tuyo atado arriba de una chata supongo ke no eras vos pero si te recorde apenas lo vi.

No, por suerte no era yo :roll:
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Notapor Gorva el Vie Oct 10, 2008 2:53 pm desde Beccar, BsAs

Update: Me acaba de mandar un mail mi viejo (que también se hizo motero hace unos pocos meses), abogado, que encontró esto (http://www.psicofxp.com/forums/en-dos-r ... ereda.html), concerniente al estacionamiento de las motos en la vereda.
Todavía tengo que buscar el decreto y leerlo como corresponde (para ver bajo que condiciones se puede estacionar en la vereda), pero indudablemente sigue vigente, por varios motivos:

a) Fue derogada por otro decreto ley, pero firmado por Bignone en el año 83 y en un gobierno de facto, ergo, no era un gobierno con capacidad legislativa constitucionalmente otorgada.

b) Aún si hay ordenanzas o leyes de la Ciudad que lo prohíban, una ley de jerarquía inferior (una ordenanza o ley provincial o de la ciudad autónoma de buenos aires) no puede oponerse a una ley de jerarquía superior (en este caso, un decreto del Presidente de la Nación, de aplicación nacional); con lo que en este caso, el decreto sigue vigente...

Qué decir... VIVA PERON CARAJO! :twisted: :twisted: :twisted: :twisted:
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Notapor Cesar el Vie Oct 10, 2008 8:36 pm desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

Gorva escribió:Update: Me acaba de mandar un mail mi viejo (que también se hizo motero hace unos pocos meses), abogado, que encontró esto (http://www.psicofxp.com/forums/en-dos-r ... ereda.html), concerniente al estacionamiento de las motos en la vereda.
Todavía tengo que buscar el decreto y leerlo como corresponde (para ver bajo que condiciones se puede estacionar en la vereda), pero indudablemente sigue vigente, por varios motivos:

a) Fue derogada por otro decreto ley, pero firmado por Bignone en el año 83 y en un gobierno de facto, ergo, no era un gobierno con capacidad legislativa constitucionalmente otorgada.

b) Aún si hay ordenanzas o leyes de la Ciudad que lo prohíban, una ley de jerarquía inferior (una ordenanza o ley provincial o de la ciudad autónoma de buenos aires) no puede oponerse a una ley de jerarquía superior (en este caso, un decreto del Presidente de la Nación, de aplicación nacional); con lo que en este caso, el decreto sigue vigente...

Qué decir... VIVA PERON CARAJO! :twisted: :twisted: :twisted: :twisted:


La policia se maneja con esta ley, que es la que esta vigente. ! (Si saben de alguien que la discutio a algun juez...que me cuente !!

Ley 24.449
LEY DE TRANSITO
BUENOS AIRES, 23 de Diciembre de 1994
BOLETIN OFICIAL, 10 de Febrero de 1995
Vigentes:
Decreto Reglamentario
Decreto Nacional 646/95


ESTACIONAMIENTO
ARTICULO 49.- En zona urbana deben observarse las reglas siguientes: a) El estacionamiento se
efectuará paralelamente al cordón dejando entre vehículos un espacio no inferior a 50 cm, pudiendo
la autoridad local establecer por reglamentación otras formas; b) No se debe estacionar ni autorizarse el
mismo: 1. En todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o se oculte
la señalización; 2. En las esquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar
la ochava y en cualquier lugar peligroso; 3. Sobre la senda para peatones o bicicletas, aceras, rieles,
sobre la calzada, y en los diez metros anteriores y posteriores a la parada del transporte de pasajeros.
Tampoco se admite la detención voluntaria. No obstante, se puede autorizar señal mediante, a
estacionar en la parte externa de la vereda, cuando su ancho y el tránsito lo permitan; 4. Frente a la
puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez metros a cada lado de ellos,
salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento; 5. Frente a la salida de cines,
teatros y similares, durante su funcionamiento; 6. En los accesos de garages en uso y de
estacionamiento con ingreso habitual de vehículos, siempre que tengan la señal pertinente, con el
respectivo horario de prohibición o restricción; 7. Por un período mayor de cinco días o del lapso que
fije la autoridad local; 8. Ningún ómnibus, microbús, casa rodante, camión, acoplado, semiacoplado
o maquinaria especial, excepto en los lugares que habilite a tal fin mediante la señalización
pertinente; c) No habrá en la vía espacios reservados para vehículos determinados, salvo
disposición fundada de la autoridad y previa delimitación y señalamiento en que conste el permiso
otorgado. En zona rural se estacionará lo más lejos posible de la calzada y banquina, en las zonas
adyacentes y siempre que no se afecte la visibilidad.
Un Abrazo
[url=http://img52.imageshack.us/i/avatarkawaclubyamahar1.jpg/][img]http://img52.imageshack.us/img52/201/avatarkawaclubyamahar1.jpg[/img][/url]
Cesar
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Notapor cordobaracing el Mar Nov 18, 2008 11:08 pm

aca en cordoba si la dejas en la vereda...no solo te hacen la multa...sino que si estan con camion te cortan la cadena y se la llevan al corralon...SI asi es muchachos!!! violentan el derecho de propiedad...exceso de autoridad...

y aca prescriben a los 5 anios lo que si...solo pueden iniciar acciones por multas superiores a 100 pesos...con lo que podes no pagarlas...total...acciones no te van a iniciar jejeje

acumulacion de multaS PODES TENER MILES...el tema es si te inician acciones por el total...ahi te quiero ver... 8)
www.rgsonidos.com.ar
cordobaracing
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