Estacionar en las veredas...

Volquemos aqui los casos y las informaciones que tengamos al respecto para poder enfrentar mejor las situaciones complicadas.

Notapor Cesar el Vie Abr 25, 2008 11:39 pm desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

dae escribió:juli, eso es lo de menos, la ley esta derogada.

segun nota aparecida en la revista Informoto nro 378 de Marzo de 2006, y ratificada en el nro 380 de mayo del mismo año, durante la dictadura militar de 1978, y "por temas de seguridad" (por el mundial de futbol me imagino...), no solo se deroga la ley nro 3203 del 5 de marzo de 1955 (mas conocida entre nosotros como la "ley de Peron"), sino que prohiben otras estupideces como circular por las avenidas, por las recien inauguradas autopistas, y llevar acompañantes...

como bien se puede deducir, el conjunto de sanciones nunca se cumplio (hoy dia circulamso pro avenidas, y llevamos acompaniantes) es por eso que tampoco tomamos como valida la derogacion, pero para fines legales no sirve... o si, porque esto fue promulgado durante la dictura. complejo no?

abrazo!


Tengo entendido que un Gobierno de facto no puede derogar un ley promulgada por un Gobierno democratico.
Un Abrazo
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Notapor Cesar el Vie Abr 25, 2008 11:53 pm desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

agrego:

"Una sugerencia, cuando el oficial de la Ley nos realice la correspondiente multa, no intentemos intercambiar opiniones legales con él, simplemente solicitemos el acta para firmar y con una leve sonrisa desdibujándose en nuestro rostro pongamos al pie de la misma "..Rechazo la presente por inconstitucional según Decreto P.E.N. N° 3203 del 11-3-1955" y listo."
Un Abrazo
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Notapor colacho el Sab Abr 26, 2008 8:20 am desde San Nicolás, Buenos Aires, Argentina

Cesar escribió:"Una sugerencia, cuando el oficial de la Ley nos realice la correspondiente multa, no intentemos intercambiar opiniones legales con él, simplemente solicitemos el acta para firmar y con una leve sonrisa desdibujándose en nuestro rostro pongamos al pie de la misma "..Rechazo la presente por inconstitucional según Decreto P.E.N. N° 3203 del 11-3-1955" y listo."


Esta es la info que por lo menos yo pretendo encontrar en ésta sección.
Gracias Cesar!
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Notapor mcnizza el Sab Abr 26, 2008 9:33 am desde Vicente Lopez, Buenos Aires, Argentina

buscando por internet la multas que tengo, me figuran 2 por mal estacionamiento en el centro, pero tambien me figuran algunas multas.......POR CIRCULAR SIN CINTURON DE SEGURIDAD :shock: !!!!!.....que onda? a alguien le paso? tambien hay una por hablar por telefono celular, la verdad no entiendo, pero ni en dope voy a averiguar, por que aca es pague y despues quejese y no tengo ni un cachito de ganas de perder el tiempo para terminar pagando las multas que me corresponden y las que no
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Notapor julio-gpx250 el Sab Abr 26, 2008 10:47 am desde Lanus

Jajajaja, a mí me pasó, cuando me llegó la fotomulta y citación del juzgado, fuí y me encontré con multas de lugares donde nunca estuve... Che, en qué página te fijaste ?
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Notapor mcnizza el Sab Abr 26, 2008 7:55 pm desde Vicente Lopez, Buenos Aires, Argentina

http://apps.buenosaires.gov.ar/areas/se ... ciones.php

entra ahi y pone el numero de patente y sale todo
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Notapor Cesar el Sab Abr 26, 2008 8:25 pm desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

mcnizza escribió:http://apps.buenosaires.gov.ar/areas/seguridad_justicia/justicia_trabajo/adm_faltas/consulta_infracciones.php

entra ahi y pone el numero de patente y sale todo


Ojo con esa pagina!

No esta preparada para tomar patentes de motos, que como todos sabemos las patentes de motos van primero los numeros y despues las letras.! Si ponemos nuestra patente al revez, es muy probable que coincidamos con la chapa de un auto!..y podemos encontrarnos con multas extrañas para nosotros,

Ejemplo no tener el cinturon de seguridad colocado :shock: :shock:
Un Abrazo
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Notapor Cesar el Sab Abr 26, 2008 8:41 pm desde Lanus, Buenos Aires, Argentina

Hace un par de dias fui a Avants, en puerredon y cordoba, y si todos conocen el lugar muchas motos paran en la puerta sobre la vereda, (no hay lugares para estacionar de motos)

Justo da la casualidad que salgo (yo habia ido caminando) y un poli estaba haciendo multas por doquier a todas las motos y unos de los flacos se quejo y expuso esta famosa ley de peron.....resultado...el milico ni pelota le dio...

porque? en que se basa la poli para hacernos la multa? creo que es por esto:

Todos sabemos que la ley que rige el transito hoy por hoy es la Ley de Transito 24449 y un par de actualizacion. ya que esta ley fue creada/modificada (no recuerdo) por nuestro "queridisimo e inolvidable" MENEN :evil: y sus ministros que por supuesto las motos no estabamos presente!....claro el manejaba autos.....ferraris..... :evil:

No voy a pegar toda la ley, pero este es el articulo que especifica sobre el estacionamiento en general y especificamente el punto 3
........................................................................

Ley 24.449
LEY DE TRANSITO
BUENOS AIRES, 23 de Diciembre de 1994
BOLETIN OFICIAL, 10 de Febrero de 1995
Vigentes:
Decreto Reglamentario
Decreto Nacional 646/95


ESTACIONAMIENTO
ARTICULO 49.- En zona urbana deben observarse las reglas siguientes: a) El estacionamiento se
efectuará paralelamente al cordón dejando entre vehículos un espacio no inferior a 50 cm, pudiendo
la autoridad local establecer por reglamentación otras formas; b) No se debe estacionar ni autorizarse el
mismo: 1. En todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o se oculte
la señalización; 2. En las esquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar
la ochava y en cualquier lugar peligroso; 3. Sobre la senda para peatones o bicicletas, aceras, rieles,
sobre la calzada, y en los diez metros anteriores y posteriores a la parada del transporte de pasajeros.
Tampoco se admite la detención voluntaria. No obstante, se puede autorizar señal mediante, a
estacionar en la parte externa de la vereda, cuando su ancho y el tránsito lo permitan; 4. Frente a la
puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez metros a cada lado de ellos,
salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento; 5. Frente a la salida de cines,
teatros y similares, durante su funcionamiento; 6. En los accesos de garages en uso y de
estacionamiento con ingreso habitual de vehículos, siempre que tengan la señal pertinente, con el
respectivo horario de prohibición o restricción; 7. Por un período mayor de cinco días o del lapso que
fije la autoridad local; 8. Ningún ómnibus, microbús, casa rodante, camión, acoplado, semiacoplado
o maquinaria especial, excepto en los lugares que habilite a tal fin mediante la señalización
pertinente; c) No habrá en la vía espacios reservados para vehículos determinados, salvo
disposición fundada de la autoridad y previa delimitación y señalamiento en que conste el permiso
otorgado. En zona rural se estacionará lo más lejos posible de la calzada y banquina, en las zonas
adyacentes y siempre que no se afecte la visibilidad.
.........................................................................................

Es claro y preciso el ART 49, por eso los polis estan seguros de lo que hacen y no te dan pelotas!

Ahora como juega la ley de Peron y la ley de Transito 24449, y el vacio legal que tenemos sobres las motos !...yo creo que ni un boga lo puede resolver! :cry:
Un Abrazo
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Notapor mcnizza el Dom Abr 27, 2008 11:15 am desde Vicente Lopez, Buenos Aires, Argentina

Cesar escribió:
mcnizza escribió:http://apps.buenosaires.gov.ar/areas/seguridad_justicia/justicia_trabajo/adm_faltas/consulta_infracciones.php

entra ahi y pone el numero de patente y sale todo


Ojo con esa pagina!

No esta preparada para tomar patentes de motos, que como todos sabemos las patentes de motos van primero los numeros y despues las letras.! Si ponemos nuestra patente al revez, es muy probable que coincidamos con la chapa de un auto!..y podemos encontrarnos con multas extrañas para nosotros,

Ejemplo no tener el cinturon de seguridad colocado :shock: :shock:


me parecia!!!jejeje, ahora....puede ser que esten mezcladas las de un auto con mi patente al reves y las de mi moto, por que las dos por mal estacionamiento si son mias, recuerdo haber encontrado en el manubrio de la moto la multa en esas dos ocasiones :oops: , ahora tengo otras que ni se donde queda el lugar aparte de las del cinturon y el celular??
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